A menudo nos encontramos con que nuestros clientes no tienen claro el tipo de suelo en que se ubican sus propiedades; es frecuente que exista confusión entre una parcela que es edificable y una urbana, o que la gente piense que el suelo no urbanizable es aquel en el que no se puede construir. Vamos a tratar de definir, en términos generales, los distintos tipos de suelo que existen y qué se puede hacer en cada uno de ellos. El suelo se clasifica, a efectos urbanísticos, en tres grandes grupos: suelo urbano, suelo urbanizable y suelo no urbanizable (conocido muchas veces por los usuarios como suelo rústico) El suelo urbano es el que el planeamiento general del municipio determina como tal, bien porque cuenta con todos los servicios y dotaciones necesarios (acceso rodado, red de abastecimiento y evacuación de aguas y suministro de energía eléctrica), bien porque se encuentra consolidado en su mayor parte por la edificación. Así mismo se considera suelo urbano aquel que ha sido desarrollado y urbanizado conforme a lo determinado por el planeamiento. Dentro del suelo urbano, hay que distinguir entre suelo urbano consolidado, que es el que no precisa ningún tipo de mecanismo de equidistribución de beneficios y cargas, y el suelo urbano no consolidado, de núcleo rural o urbano especial, que puede precisar de alguna figura de desarrollo (Plan Especial, Estudio de Detalle) o de gestión previa a su edificación. Por tanto, aunque nuestro terreno esté ubicado en un suelo urbano, para poder edificarlo tendrá que adquirir la condición de solar. Por otro lado hay que ver la calificación exacta que le asigna el planeamiento, para ver la edificabilidad que tiene y las normas específicas que se le aplican (usos permitidos, alineaciones, altura máxima, etc) El suelo no urbanizable es aquel que cuenta con algún tipo de protección específica, en razón de sus valores paisajísticos, históricos, arqueológicos, científicos, ambientales o culturales, para la prevención de riesgos naturales acreditados en el planeamiento sectorial, o en función de su sujeción a limitaciones o servidumbres para la protección del dominio público. También se considera suelo no urbanizable protegido por el planeamiento el que el planeamiento municipal así determina por sus propios valores de carácter agrícola, forestal, ganadero, minero, paisajístico o por otras riquezas naturales, así como aquellos que se reserven para la implantación de infraestructuras o servicios públicos. Así mismo el planeamiento municipal considerará suelo no urbanizable inadecuado el necesario por imperativo del principio de utilización racional de los recursos naturales o por la necesidad de garantizar un desarrollo sostenible del territorio. Hay que aclarar, que en contra de la opinión de la mayoría de la gente, en algunas clases de suelo no urbanizable se puede construir legalmente, bajo determinadas condiciones (normalmente viviendas unifamiliares ligadas a la explotación agrícola o ganadera, en parcelas grandes para evitar una excesiva densidad edificatoria que pueda modificar sustancialmente el carácter del entorno, o edificaciones de utilidad pública o interés social…) El suelo urbanizable es el que no está definido por el planeamiento como urbano ni como no urbanizable. El suelo urbanizable se clasifica en suelo urbanizable sectorizado, que es el previsto por el planeamiento para su inmediata transformación, suelo urbanizable sin sectorizar, y suelo urbanizable especial, con peculiares características de asentamientos existentes, con urbanización parcial y especial entorno ambiental, que tendrán el régimen legalmente previsto para su protección ambiental. Generalmente, en el suelo urbanizable no se puede construir mientras no se desarrollen las figuras de planeamiento y gestión correspondientes (Plan Parcial, Proyecto de Reparcelación), aunque el planeamiento municipal concreto puede prever algún régimen transitorio de edificación, sobre todo en el suelo urbanizable especial, o admitir por ejemplo las construcciones provisionales en este tipo de suelo. Por tanto, el valor del suelo, así como los deberes y derechos de los propietarios del mismo, dependen directamente de la clasificación y calificación urbanística, y es muy importante informarse correctamente de la misma antes de realizar ningún tipo de operación (compraventa, herencia, donación, edificación, etc). En Fáctica estaremos encantados de ayudarle si es usted propietario de un terreno y tiene dudas con respecto a la normativa concreta que le corresponde.
En Fáctica servicios técnicos, no sólo redactamos toda la documentación técnica necesaria en cada caso con todas las garantías ( certificados de eficiencia energética, informes de evaluación de edificio, memorias técnicas etc.), sino que además tramitamos la subvención sin ningún coste para el/los propietarios.
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Recientemente ha salido publicada en el BORM una orden de la Consejería de Presidencia y Fomento donde se establecen las bases de subvenciones destinadas a la Rehabilitación Edificatoria y a la financiación del informe de evaluación de edificios en la Región de Murcia.
Es opinión generalizada que hacer testamento conlleva grandes gastos e inconvenientes, pero nada más alejado de la realidad. Se trata de un trámite sencillo, económico, rápido y fiable, además de ser el método más seguro para que se cumpla la voluntad del testador
El mercado del alquiler en España en muy importante. Son muchas las viviendas y locales de negocio que se alquilan cada mes y muchas también las situaciones de impago de rentas que se producen como consecuencia de dichos contratos.
Resolvemos las preguntas y dudas más recurrentes de nuestros clientes sobre las subvenciones programa Pareer Crece.
Todos sabemos que un piso reformado es una garantía de alquiler. En un mercado cada vez más en auge, reformar para alquilar puede ser una gran solución. Y más cuando desde las administraciones públicas ofrecen ayudas y subvenciones para acometer estas reformas.
Encontrar un terreno en el cual poder construir la
casa de tus sueños, tu negocio o poder cultivar puede parecer un proceso muy
simple. Sin embargo, es una tarea compleja y que requiere de especial atención.
A la hora de reformar una vivienda, una de las principales cuestiones que suelen plantearse es cerrar el balcón o terraza para incorporarlos al resto de espacios vivideros y dotar a la vivienda de mayor superficie útil.
La semana pasada tuvimos la oportunidad de participar en la Mesa Redonda organizada por el COAMU donde tratamos de analizar y clarificar desde el punto de vista de la seguridad y la responsablidad de los distintos agentes las obras de construcción.
Es más frecuente de lo que pensamos el hecho de tras recibir una herencia, encontrarnos con que somos dueños de una "casa sin escriturar". Por suerte, este "problema" tiene una solución sencilla.
El comportamiento energético cada vez cobra más importancia en nuestros edificios, existiendo directivas y reglamentos que establecen límites para las construcciones de nueva planta. Pero, ¿qué pasa con las construcciones existentes?
Cuando una persona fallece y deja bienes a sus herederos, éstos estarán
obligados a pagar lo que se conoce como Impuesto de Sucesiones.
El mantenimiento periódico de los edificios es fundamental para asegurar
un adecuado estado de conservación, más aún en aquellas construcciones
situadas en las proximidades de la costa, ya que el ambiente marino
constituye un agente especialmente agresivo en los sistemas
constructivos y estructurales.
Según la Ley de Propiedad Horizontal, todos los propietarios de
bienes inmuebles quedan obligados a realizar las obras necesarias para la
adecuada conservación de los edificios según criterios técnicos de seguridad,
funcionalidad y habitabilidad.
Desde hace algún tiempo, existe una creciente demanda por parte de nuestros clientes de obtener la licencia de primera
Leer masEn España, cuando se transmite la propiedad de un inmueble se debe abonar el impuesto de plusvalía, en Fáctica podemos ayudarte a conocer si se está realizando correctamente el cálculo de dicho impuesto.
El casco antiguo de Mula fue declarado Conjunto Histórico Artístico de Carácter Nacional en 1981. En sus calles podemos encontrar construcciones pintorescas que, con los años se van deteriorando. Por esto, han solicitado a la Consejería de Fomento la implantación de un ARRU en el casco antiguo de la ciudad.
¿Qué es una licencia de actividad?, ¿necesito la redacción de
un proyecto?, ¿mi local cumple con las condiciones exigidas para la
actividad que deseo desarrollar?, ¿qué medidas de accesibilidad debo
implementar?
En FÁCTICA tenemos una amplia experencia en solucionar problemas de diversa índoles a propietarios de viviendas sin escrituras. La mayoría de ellos piensan que su problema no tiene solución por experiencias previas.
Leer masParece lógico pensar que si existen distintas titulaciones técnicas en España, debieran tener un marco competencial
Leer masPara vender o alquilar un inmueble y desde el 1 de Enero de 2013, es obligatorio disponer del CERTIFICADO DE EFICIENCIA
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